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fuente: BORME
Artículo de los estatutos: ARTICULO 5º. CAPITAL SOCIAL. El capital social se cifra en la cantidad de 3.000 euros (TRES MIL EUROS). Dicho capital social está dividido en TRESCIENTAS participaciones sociales (300) todas iguales, acumulables e indivisibles, de valor nominal DIEZ EUROS (10,00 EUROS) cada una de ellas, numeradas correlativamente del uno (1) al.
Importe reducción: 80.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 3.000,00 Euros.
Artículo de los estatutos: ARTICULO 5º. CAPITAL SOCIAL. El capital social se fija en la cantidad de OCHENTA Y TRES MIL EUROS (83.000,00 EUROS) desembolsado en su totalidad y dividido en OCHO MIL TRESCIENTAS (8.300) participaciones sociales, integramente suscritas, acumulables e indivisibles, con un valor nominal cada una de ellas de DIEZ EUROS (10,00.
Capital: 3.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 83.000,00 Euros.