Artículo de los estatutos: 5.- CAPITAL SOCIAL.- El capital social se fija en la cantidad de VEINTITIRES MIL EUROS (23.000,00 E), desembolsado en su totalidad y divido en VEINTITRES MIL (23.000) participaciones sociales, íntegramente asumidas, iguales, acumulables e indivisibles con un valor nominal cada una de ellas de UN EURO (1,00 E), numeradas.