Artículo de los Estatutos : Artículo 7º.- Capital social y participaciones sociales. El capital social, totalmente desembolsado desde su origen, se fija en la cifra de seis millones novecientos ochenta y cinco mil euros -6.985.000,00?-. Dicho capital está dividido en 698.500 participaciones sociales, de diez euros -10,00 ?- de valor nominal cada una de.