Artículo de los Estatutos : 6. El capital social se fija en CUATRO MILLONES DE EUROS y se divide en CUATROCIENTAS MIL PARTICIPACIONES SOCIALES, indivisibles y acumulables, que no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones, y en ningún caso tener el carácter de valores. Tienen un valor nominal de DIEZ.