Artículo de los Estatutos : ARTICULO 5.- CAPITAL SOCIAL. 1.- El capital social se fija en tres millones ochocientos veinticuatro mil ciento cinco euros -3.824.105?-, representado por tres millones ochocientos veinticuatro mil ciento cinco participaciones sociales, de un euro de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a la 3.824.105 ambos.