Artículo 5: OBJETO.- El objeto de la Agrupación se limita a una actividad auxiliar respecto de la desarrollada por sus Miembros y sin tener ánimo de lucro para sí misma, siendo su finalidad desarrollar la actividad económica de sus socios en relación con la realización, en el marco de lo establecido.
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Artículo 5: OBJETO.- El objeto de la Agrupación se limita a una actividad auxiliar respecto de la desarrollada por sus Miembros y sin tener ánimo de lucro para sí misma, siendo su finalidad desarrollar la actividad económica de sus socios en relación con la realización, en el marco de lo establecido.