Artículo de los Estatutos : "6..- Capital Social. El capital social se fija en la cantidad de sesenta y tres mil euros -63.000,00 ?-, y se divide en 63.000 participaciones sociales, -indivisibles y acumulables, que no tendrán el carácter de valores ni podrán denominarse acciones-, de un euro -1,00 ?- de valor nominal cada una de ellas y numeradas.