Artículo de los Estatutos : Artículo 5º.- Se fija el capital de la sociedad en la suma de diez mil euros - 10.000 E - representado por 10.000 participaciones sociales, números 1 a la 10.000, ambas inclusive, de un euro - 1,00 E - de valor nominal cada una de ellas, indivisibles y acumulables, totalmente asumidas y desembolsadas.- .