Registro Mercantil de ZARAGOZA
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"Artículo 22.: Determinación y aplicación de resultados. 22.1. El saldo de la cuenta de resultados se determinará conforme a los criterios y métodos aplicables a las restantes entidades de crédito, integrando a los obtenidos de la actividad cooperativizada con los socios los procedentes de las operaciones con terceros y las plusvalías o resultados atípicos "Artículo 23.: Fondo de Reserva Obligatorio. 23.1. La Caja está obligada a tener constituido un Fondo de Reserva Obligatorio, destinado a la consolidación y garantía de la Entidad, que será irrepartible entre los socios y que será dotado en la forma siguiente: a) Con carácter obligatorio con el 80 por ciento, al menos, de los excedentes disponibles de cada.
Apo.Sol.: TORAN A****** J*** M****. Apo.Man.Soli: TORAN A****** J*** M****.