Listas oficiales de sanciones financieras

Las tres listas que un sujeto obligado tiene que cribar

La Ley 10/2010 obliga a gestorías, notarios, inmobiliarias y despachos a verificar a quién tienen delante antes de trabajar con él, y a guardar la prueba de haberlo hecho. Parte de esa verificación es comprobar que ni la sociedad ni sus administradores figuran en las listas de sanciones internacionales. Aquí están las tres, con su fuente oficial y la fecha del fichero del que salen.

Coincidir de nombre no es estar sancionado

Estas listas recogen nombres de personas y entidades de todo el mundo, muchos transliterados del árabe, el ruso o el persa, y con decenas de alias cada uno. Cruzarlos contra las sociedades españolas produce homónimos constantemente: hay empresas perfectamente corrientes en Valencia o en Murcia cuyo nombre coincide, letra por letra, con el de una entidad de la lista del Tesoro estadounidense con la que no tienen absolutamente nada que ver.

Por eso no publicamos qué empresas españolas coinciden. Una coincidencia es un candidato a verificar —con fecha de nacimiento, nacionalidad o número de documento delante—, nunca un hecho. Afirmar lo contrario sobre una empresa real no es un falso positivo: es una imputación falsa.

Preguntas frecuentes

¿Cómo saber si una empresa está sancionada?

Se comprueba el nombre de la sociedad y el de sus administradores vigentes contra las listas oficiales de la UE, la ONU y el Tesoro de Estados Unidos. Coincidir de nombre no significa estar sancionado: los homónimos son la norma, no la excepción, y cada coincidencia hay que verificarla con los datos identificativos (fecha de nacimiento, nacionalidad, número de documento) antes de afirmar nada.

¿Quién está obligado a cribar listas de sanciones en España?

Los sujetos obligados de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales: entidades financieras, pero también gestorías y asesorías fiscales, notarios y registradores, abogados y procuradores cuando gestionan sociedades o fondos, agencias inmobiliarias, auditores y entidades de pago. La obligación es verificar antes de establecer la relación de negocio y conservar la prueba de haberlo hecho.

¿Publicáis qué empresas españolas coinciden con las listas?

No, y es deliberado. Una coincidencia por nombre es un homónimo hasta que alguien la verifica una por una. Publicar que una sociedad española figura en una lista de sanciones porque comparte denominación con una entidad extranjera sería una imputación falsa. Las listas se publican enteras; el cruce contra una empresa concreta solo se entrega a quien lo pide, etiquetado como candidato a verificar.

¿Cada cuánto se actualizan estas listas?

Las tres fuentes publican cambios cada pocas semanas, sin calendario fijo. Aquí se descargan una vez por semana y solo se recargan si el fichero ha cambiado de verdad — se compara el sha256 de la descarga con el de la anterior.

Cribar un cliente concreto

Comprobar una sociedad y sus administradores vigentes contra las tres listas, con el resultado fechado y cada dato enlazado a su publicación oficial, es el informe KYB. Las listas de esta página son públicas y gratuitas; lo que se paga es el cruce con el Registro Mercantil, el historial de cargos y la prueba documental de haberlo verificado.